Finanzas responsables: cómo la normativa europea está perfilando una trayectoria favorable

Finanzas responsables: cómo la normativa europea perfila una trayectoria favorable

A principios de 2023, la Unión Europea (UE) adoptó la llamada directiva "CSRD" (Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa) que refuerza los requisitos de informes de sostenibilidad de las empresas y amplía gradualmente el ámbito de aplicación (ejercicios 2024 a 2028).

El principal objetivo de la CSRD es, como lo señala la Autorité des marchés financiers (AMF), "para armonizar los informes de sostenibilidad empresarial y mejorar la disponibilidad y la calidad de los datos ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) publicado". El expresidente de la AMF consideró, en un discurso pronunciado en junio de 2022, que esta directiva constituía:

"El núcleo del reactor de la finanzas sostenibles".

Una directiva ambiciosa

El objetivo de la directiva es proporcionar a los agentes financieros la información necesaria tanto para cumplir con sus propias obligaciones de información como para desarrollar su actividad.

Los límites actuales son bien conocidos por los inversores institucionales y los gestores de fondos que necesitan publicar su propia información sobre sostenibilidad: existe una falta de consenso sobre la definición de medidas de impacto, sobre la accesibilidad y comparabilidad de los datos.

Para lograr su objetivo, la directiva se basa en tres cambios esenciales en la divulgación de información no financiera. En primer lugar, dispone que:

“Las empresas deberán publicar información detallada sobre sus riesgos, oportunidades e impactos materiales en relación con los temas sociales, ambientales y de gobernanza, de acuerdo con un principio de "doble materialidad" ".

Así, se consideran dos puntos de vista: el de los riesgos para la empresa y el de los impactos de la empresa. La difusión de esta información permitirá a los actores financieros elaborar sus informes en términos de “doble materialidad”: efectos financieros en carteras de criterios ESG e impactos de carteras en áreas ESG.

Souad Lajili Jarjir: ¿Qué son las calificaciones extrafinancieras y los criterios ESG? (FNEGE Medios, 2021).

Ello es coherente con la obligación, prevista en la normativa de 27 de noviembre de 2019 denominada “SFRD” (Sustainable Finance Disclosure Regulation), de tener en cuenta los principales impactos negativos en términos de sostenibilidad a nivel de productos financieros (contribución al cambio climático). cambio climático, daño a la biodiversidad, contaminación del agua, discriminación de género, etc.).

Segundo cambio, la directiva CSRD establece otra medida favorable a la transparencia con la creación de estándares de información obligatorios relacionados con los informes de sostenibilidad. Anteriormente, las empresas disfrutaban de una libertad significativa ya que la UE solo ofrecía pautas voluntarias. A partir de ahora, la Comisión Europea elegirá los indicadores obligatorios a propuesta del Grupo Asesor Europeo de Información Financiera (Efrag), una asociación sin ánimo de lucro de Derecho belga. Este sistema deberá demostrar su permeabilidad a los lobbies y evitar una sobrecarga administrativa a las empresas.

Un paso adelante para Francia

Finalmente, el tercer gran cambio, la directiva CSRD establece que, a partir de ahora, la información de los informes de sostenibilidad será auditada. La normativa endurece la ley anterior porque la directiva anterior dejaba en manos de cada Estado miembro hacer obligatoria dicha auditoría. Sobre este punto, Francia había introducido dicha auditoría en 2010, en la ley conocida como Grenelle 2, con la figura de la organización de terceros independientes (OTI). Como resultado, las empresas y los auditores franceses ahora tienen una fuente de experiencia y una ventaja comparativa a nivel de la Unión Europea.

Para dar tiempo a las empresas europeas a adaptarse a la nueva legislación, el auditor realizará inicialmente una misión limitada. Luego, para 2028, el objetivo de la UE es pasar a una misión que implique más pruebas de validación por parte del auditor.

La ausencia de una auditoría obligatoria fue uno de los defectos originales de la directiva de 2014 porque las partes interesadas no podían comparar los informes auditados con uno que no lo era. Esta carencia podría conducir a una selección en detrimento de empresas virtuosas cuyas debilidades fueran puestas de manifiesto. La ley de responsabilidad social empresarial (CSR) deben desenmascarar a las empresas que juegan el comedia de apariencias.

En última instancia, el trabajo del legislador europeo en los últimos años ha permitido trazar una trayectoria de finanzas responsables que tiene como objetivo satisfacer las nuevas aspiraciones de la sociedad en términos de requisitos ambientales, sociales y de gobernanza. Los objetivos están lejos de alcanzarse ya que es necesario facilitar la operatividad de estas medidas para empresas e inversores. ¡Además, es importante incluir este trabajo en una visión global y global para evitar que el continente europeo termine como un pueblo galo!

Pedro Cholet, Profesor Emérito, Montpellier Management, Montpellier Research in Management (MRM), Universidad de Montpellier; Nicolás Cuzacq, Profesor HDR, Derecho Privado y Ciencias Penales, Universidad de París-Este Créteil Val de Marne (UPEC)) et Souad Lajili Jarjir, Profesor Asociado de Universidades en Ciencias Administrativas, Université de Lorraine

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Crédito de la imagen: Shutterstock/Maxim Studio

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