¿Podemos negarnos a utilizar la fórmula "Lo juro" cuando hacemos un juramento?

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“Pero yo les digo que no juren en absoluto, ni por el cielo, porque es el trono de Dios, ni por la tierra, porque es el estrado de sus pies, ni por Jerusalén, porque es la ciudad del gran rey”. Entonces, ¿cómo debemos comportarnos cuando tenemos que prestar juramento? ¿Podemos negarnos a prestar juramento? Marie B. se negó a usar la fórmula "Lo juro", debido a su fe cristiana.

En septiembre de 2007, Marie lleva un año trabajando para RATP y acaba de ser contratada como agente permanente. Ahora debe obtener su juramento ante la primera sala civil del tribunal de grande instance de París. Pero ella se niega a "jurar" y se ofrece a prestar un juramento diferente.

“Estoy de acuerdo con sus comentarios sobre mis deberes de lealtad y probidad dentro de la RATP. Sin embargo, mis creencias religiosas me prohíben levantar la mano derecha y jurar, por otro lado estoy autorizado para hacer una afirmación solemne de la misma sustancia en la que me comprometo a respetar las normas y la legislación relacionada con mis funciones profesionales y a llevar dar testimonio de la verdad y hablar sin odio y sin miedo ”.

La respuesta del juez es simple:

"Tienes que elegir entre prestar juramento o dejar la RATP".

Luego le pide al secretario que tenga en cuenta que la Sra. B. se negó a prestar juramento porque es cristiana. Por tanto, Marie B. es despedida por falta grave. El tribunal de apelación confirma la sentencia.

Sin embargo, "ningún empleado puede ser despedido principalmente por sus convicciones religiosas". Diez años después, el Tribunal de Casación juzga discriminatoria la medida: el despido se pronunció por convicciones religiosas, por lo que es discriminatorio y por tanto nulo.

“Se desprende del artículo 23 de la ley de 15 de julio de 1845 sobre la policía de los ferrocarriles que el juramento de los agentes de vigilancia que ejercen dentro de las empresas amparadas por esta disposición podrá recibirse según las formas en uso en su religión; de ello se desprende que el empleado no había cometido falta alguna al proponer tal fórmula y que el despido pronunciado por las convicciones religiosas del empleado fue nulo ”.

MC
fuente: wk-rh


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